El Derecho Deportivo no es una rama del derecho tan extraña y poco común como muchos piensan.
Hemos de destacar que ya en nuestra Constitución en su artículo 43 en su apartado tercero nos refleja que “Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.
Por lo tanto nos encontramos con una actividad reflejada en la Constitución. Sin entrar en abundamientos legislativos ni jurídicos, queremos hacer ver que el Derecho Deportivo es más común y es para todos y para “casi” todo.
Un deportista no sólo es el deportista profesional y famoso, encontramos desde el niño federado en un club, el adulto que juega al fútbol sala en una pista alquilada y la persona que va a correr por las calles de una ciudad. Todos y cada uno de ellos deben conocer que la práctica deportiva está regulada en todos sus aspectos y que esta misma práctica produce una responsabilidad tanto para los practicantes como para todos los factores que intervienen en ella. Nos referimos a instalaciones deportivas, clubes, asociaciones y federaciones.
Por poner un ejemplo, es habitual sufrir accidentes con la práctica deporitva y bajo el “paraguas” de la manida frase, “estaba realizando un deporte y es normal que se lesione”. Muchas de las personas que hacen deporte, ven mermadas sus capacidades físicas como producto de la misma.
Desde deporlegal.com iniciaremos unos artículos donde informaremos sobre todos los aspectos que el Derecho Deportivo para que el ciudadano conozca sus derechos y obligaciones.
Saludos Cordiales !!!