El menor como autor de delitos

En España, por regla general y salvo las excepciones en materia de emancipación, sería niño  todo ser humano menor de 18 años. En nuestra legislación, no todos los niños-menores son responsables penales de sus actos. La Ley Orgánica Reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor establece que sólo los menores con edades comprendidas entre los 14 a los 18 años, serán responsables penalmente de los actos delictivos que hubieren podido cometer. Las infracciones cometidas por menores de 14 años son consideradas de carácter irrelevante. De este modo, podríamos hacer la siguiente clasificación: Mayores de 14 años: Responsabilidad penal directa. El proceso se sustancia ante el Juzgado de Menores. Menores de 14 años: Carecen de responsabilidad penal. Sin embargo, la responsabilidad civil por los daños y perjuicios ocasionados correrá a cargo de sus padres, representantes legales y/o guardadores. En Deporlegal.com queremos concienciar a los padres de los pequeños deportistas que con una buena y sólida formación se pueden evitar numerosos  problemas futuros. Con esa intención Deporlegal.com ha diseñado los talleres de Internet y Deporte y evitar así la comisión de posibles...

La seguridad de los menores en internet

Es necesario transmitir a los menores una serie de normas básicas que les permitan utilizar Internet con una mayor seguridad. Del estudio  europeo realizado al respecto,  Eu Kids Online, se desprenden que el 37 % de los menores no saben encontrar información sobre cómo hacer un uso seguro de Internet, lo que supone que muchos de ellos podrían incurrir en distintos tipos de riesgos y/o peligros. Si profundizamos en la problemática vemos que más de la mitad de los menores no sabe cambiar la configuración de su red social (55%). El 67% mantiene su perfil privado, de manera que solo sus amigos puedan verlo. Pero, por otro lado, el 14% de los menores españoles afirma tener un perfil público, en el que cualquier persona podría ver sus fotos, comentarios e información personal, con el riesgo que esto implica. Del mismo modo, resulta una cifra alarmante, el hecho de que un 9% de los menores ha colgado información personal como su dirección o su número de teléfono. De todos los datos obtenidos hasta el momento, lo que más preocupa es la “inconsciencia” de algunos usuarios menores de edad que llegan a concertar “citas a ciegas” con desconocidos, con los que previamente han intimado a través de las redes sociales o lo chats. En España el 9% de los menores entre 9 y 16 años afirman haber acudido a una cita con alguien que conocieron en Internet. Dentro de este grupo se observa una gran variación según la edad: estos encuentros pasan del 5% entre los más pequeños al 17% entre los menores de 15 y 16 años. Sin embargo, solo un 3%...

Circular 13/14. Inspecciones Laborales en el Deporte Base

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social anuncia las INSPECCIONES LABORALES EN CLUBES DEPORTIVOS de base que se van a poner en marcha a partir del 1 de noviembre, como consecuencia de las conclusiones del “ESTUDIO SOBRE LA ACTIVIDAD DESARROLLADA EN LOS CLUBES Y ENTIDADES DEPORTIVAS SIN ÁNIMO DE LUCRO”, elaborado conjuntamente por el citado Ministerio y el Consejo Superior de Deportes (CSD). El Ministerio de Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes proponen regularizar la relación laboral de los trabajadores de clubes y asociaciones deportivas sin ánimo de lucro, en los casos que proceda, mediante un contrato a tiempo parcial o bien utilizar la figura del acuerdo de voluntariado, en este último caso los clubs deportivos tienen la necesidad de documentar adecuadamente que las cantidades que abonan a sus voluntarios como compensación de gastos necesarios para el desarrollo de actividades –y que no tengan el carácter de retribución tienen realmente tal carácter. Para facilitar dicha regularización, desde el Consejo Superior de Deportes y el Ministerio de Empleo y Seguridad Social se está elaborando un modelo de acuerdo tipo que pueda servir de base a todos aquellos destinatarios que quieran utilizarlo. Todo va relacionado con deportistas, entrenadores y colaboradores del deporte de base. Personas que dedican su tiempo libre a entrenar en las respectivas modalidades deportivas, durante unas horas a la semana, y que cobran ínfimas cantidades al mes como compensación por ese esfuerzo. El estudio considera que todos estos deportistas, monitores o colaboradores tienen una relación laboral por cuenta ajena con los clubes. Ya en Cataluña, hace dos años, hubo inspecciones de trabajo en todos los equipos de fútbol a partir de Tercera División. Multas astronómicas...

INSPECCIONES DE TRABAJO EN EL DEPORTE BASE

Ejemplo de un entrenador que cobra 100€ mensuales por llevar un equipo de una escuela y que debe estar regularizado laboralmente, esto es, asegurado, cotizando, con un contrato laboral y con una nómina, directamente provocaría:  A: Que el entrenador pase a cobrar 80€ netos y que la diferencia respecto al salario inicial sirva para cubrir los gastos. Esto implicaría que los entrenadores cobrarían menos por hacer el mismo trabajo, partiendo de la base de que un entrenador de base realiza esta función por afición, altruismo y compromiso más que por un tema económico pero dependiendo de este tema puntos tan importantes como los desplazamientos, dietas, etc.  B: Que el entrenador siga cobrando lo mismo (100€) y que el club  incremente en  40%  el gasto en concep  . Las familias, principales afectadas de la crisis económica, como solución a este entuerto. Muchas de ellas tienen problemas acuciantes para hacer frente al pago de dichas cuotas en la actualidad de manera que esto podría implicar que el volumen en el deporte de base descendiera. En la primera solución es el entrenador el que afrontaría los costes de la regularización laboral y en la segunda   sería al Club de deporte base y por ende a los padres  a los que  se le repercutiría dicho gasto por la regularización laboral. En dichas Inspecciones se aplica el principio de retroactividad por lo que los clubes deben ponerse al día y regularizar su situación desde los 5 últimos años hasta el día actual, es decir, multas que deberán ser asumidas por clubes amateur sin apenas recursos. Algunos convenios laborales impiden que ciertos oficios sean compatibles con...

Regulación laboral en club de deporte base

La Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas (CAFD) celebró el pasado día 22 de octubre, a las 10:00 horas, unas Jornadas sobre “LA REGULACIÓN LABORAL EN CLUBES Y FEDERACIONES DEPORTIVAS”, habida cuenta del interés suscitado a raíz del Informe elaborado a instancias del CSD y del Ministerio de Empleo y Seguridad Social por el cual a partir del 1 de noviembre se iniciarán inspecciones laborales en clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro. Deporlegal.com , como entidad de asesoramiento deportivo a los clubes  se pone a disposición de aquellos que lo necesiten a fin de asesorar, aclarar y solventar todas las dudas suscitadas tras la publicación de estas...